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Hash, E-14 y cifras electorales: ¿qué respondió la Registraduría sobre las dudas?

Las dudas sobre la seguridad de la información electoral de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio de 2026 siguen generando preguntas. Ante los cuestionamientos públicos sobre los formularios E-14, el sistema hash y algunos datos de los resultados, El Margen Público consultó directamente a la Registraduría Nacional del Estado Civil. La entidad respondió que los mecanismos de seguridad y trazabilidad de la información electoral no fueron eliminados.

Uno de los puntos consultados fue precisamente el llamado “candado hash”, una herramienta utilizada para verificar la integridad de los archivos digitales y detectar modificaciones en los documentos. La pregunta planteada a la Registraduría fue por qué este mecanismo habría desaparecido de los formularios E-14 publicados en PDF.

La respuesta de la entidad es que el hash no fue eliminado. Según el concepto técnico entregado a la consulta, los registros relacionados con la fecha y hora de digitalización, almacenamiento, publicación y consulta de las actas E-14 permanecen registrados en los metadatos de los archivos y en las bitácoras de auditoría o logs administradas por la propia Registraduría.

La entidad sostiene, además, que la autenticidad e integridad de los formularios no dependen de que un determinado campo sea visible dentro del PDF que consulta el ciudadano. Su posición es que la seguridad se garantiza mediante el conjunto de mecanismos de trazabilidad, custodia documental y auditoría que acompañan el proceso.

Esta explicación coincide con un comunicado publicado por la Registraduría el 23 de junio, en el que afirmó expresamente que el “candado hash no fue suprimido”. La entidad explicó entonces que, dependiendo del mecanismo de descarga, el hash podía estar incorporado en el nombre del archivo o mantenerse dentro de los sistemas de seguridad y trazabilidad. También señaló que las campañas políticas, los organismos de control y las misiones de observación tenían mecanismos de acceso a las actas.

Pero hay otro elemento que resulta relevante para entender la discusión.

Junto con la información entregada fue suministrado un archivo denominado “RESUMEN_CUANTITATIVO_PRESIDENTE_21-06-2026.xlsx”, acompañado de un reporte de huellas digitales o hashes. El reporte identifica, entre otros, un SHA-256 específico para ese archivo: 95965d09ebc4e1f1a101b5c7072219d5fe5141b4c950de8ac793304d12bcfd44.

Esto es importante porque permite identificar técnicamente el archivo sobre el cual se hicieron los cálculos y comprobar posteriormente si ese documento fue alterado. Sin embargo, también es necesario aclarar algo: que un archivo tenga un hash no demuestra por sí mismo que los datos electorales contenidos en él sean verdaderos o falsos. El hash permite comprobar la integridad del archivo después de generado, pero no certifica por sí solo que la información de origen haya sido correctamente producida.

El Excel contiene los resultados de 122.020 mesas de votación, correspondientes a 14.438 puestos, y registra los votos obtenidos por Abelardo de la Espriella, Iván Cepeda, votos en blanco, votos no marcados y votos nulos.

Al sumar los datos del archivo, aparecen 12.960.166 votos para Abelardo de la Espriella y 12.708.312 para Iván Cepeda, además de 427.026 votos en blanco, 28.666 no marcados y 220.790 votos nulos.

El archivo también permite observar que en 595 mesas los dos candidatos obtuvieron exactamente la misma cantidad de votos. Por ejemplo, aparecen mesas con 86 votos para cada candidato, otras con 105 para cada uno y otras con 124 para cada uno.

¿Es esto una prueba de manipulación?

No. No puede afirmarse eso solamente a partir del Excel. Que dos candidatos tengan el mismo número de votos en una mesa puede ocurrir estadísticamente y requiere un análisis adicional para determinar si la frecuencia y distribución de esos casos resulta anómala.

Lo que sí puede hacerse periodísticamente es formular la pregunta: ¿cómo se distribuyen esas 595 coincidencias?, ¿en qué departamentos y municipios están?, ¿se concentran en determinados puestos?, ¿corresponden a las imágenes de los E-14?, ¿coinciden con las actas físicas y con las actas utilizadas durante el escrutinio?

El mismo ejercicio obliga a tener cuidado con otras cifras que han circulado en redes sociales. El archivo registra 7.116 mesas con más de 300 votos, pero esto tampoco significa que esas mesas sean irregulares. En particular, aparecen mesas del exterior con cifras elevadas de votación, por lo que el número debe analizarse de acuerdo con el tipo de puesto, número de votantes habilitados y características particulares de cada mesa.

La Registraduría, por su parte, ha insistido en que el resultado jurídicamente válido no depende únicamente del llamado preconteo. En su plataforma electoral distingue entre el preconteo, que es informativo y no tiene valor jurídico, y los escrutinios realizados por las autoridades electorales, que son los que verifican y consolidan oficialmente los votos.

Después de la primera vuelta, la Registraduría informó que el escrutinio realizado por los jueces había concluido y que las reclamaciones presentadas no superaron el 0,7 % de las mesas instaladas en el territorio nacional.

Para la segunda vuelta, la entidad reportó 41.421.973 ciudadanos habilitados, 13.742 puestos de votación y 122.020 mesas.

Por eso, las dudas sobre la elección no deberían resolverse únicamente mediante declaraciones políticas ni tampoco descartarse simplemente porque la Registraduría diga que el sistema fue seguro. La discusión puede y debe trasladarse a los documentos verificables: E-14, actas físicas, archivos digitales, metadatos, registros de auditoría y resultados del escrutinio.

La respuesta de la Registraduría aclara cuál es su posición: el hash no fue eliminado y la integridad de los documentos está respaldada por diferentes mecanismos técnicos. Los archivos entregados permiten, además, realizar análisis independientes sobre los resultados.

La pregunta que queda abierta para periodistas, campañas, organizaciones políticas y ciudadanos es si esos mecanismos pueden ser auditados de manera independiente y si los resultados contenidos en los archivos digitales coinciden, mesa por mesa, con las actas físicas y con las actas utilizadas durante el escrutinio.

Hasta ahora, los documentos analizados permiten formular preguntas y realizar verificaciones, pero no permiten afirmar que haya existido un fraude electoral. Precisamente por eso, el camino más serio es contrastar las denuncias con la evidencia disponible y no convertir una anomalía estadística, una diferencia técnica o una sospecha política en una conclusión definitiva.

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